Las Repúblicas del Perú y Chile sostienen un diferendo diplomático sobre la soberanía de una zona marítima de aproximadamente 37,900 kms2 en el Océano Pacífico.
Para Chile no existen temas limítrofes pendientes con el Perú, ya que los límites marítimos han sido definidos en 1952 y 1954 cuando ambos países suscribieron Convenios de pesca donde se específicaban claramente las fronteras marítimas.
Para el Perú, el límite marítimo con su vecino del sur no está definido ya que nunca se ha firmado un Tratado que establezca dicho límite.
Para Chile, la frontera marítima con el Perú es la línea del paralelo (línea azul), lo que deja sin mar a las provincias peruanas del sur.
El Perú, considera que le correspondería seguir una prolongación de sus costas (línea verde), pero que eso no sería justo para Chile. Lo justo y equitativo para ambos países sería trazar una línea media (línea roja) para definir la frontera entre ambos países.
HISTORIA DE LA CONTROVERSIA
Este conflicto tiene sus inicios en el siglo XIX cuando el mapa de Sudamérica era diferente y Chile era un pequeño pero próspero país, que explotaba recursos minerales en suelo boliviano con el apoyo de capitales ingleses. En 1879 el gobierno de Bolivia decidió elevar en 10 centavos los impuestos a cada quintal de salitre extraídos de su territorio y exportados por una empresa chileno-británica. En represalia, Chile invadió Bolivia y le declaró la guerra.
Perú trató de mediar en el conflicto, pero Chile también le declaró la guerra al Perú, debido a que el Perú tenía una alianza militar con Bolivia.
La guerra tomó por sorpresa a Bolivia y Perú, quienes se encontraban en clara desventaja militar frente a Chile. Bolivia no tenía armada ni Ejército y tras un año de enfrentamientos se retiró de la guerra, dejando al Perú solo contra Chile.
Luego de cuatro años de guerra, Chile venció al Perú y extendió sus fronteras hasta sus actuales límites, apropiándose de las provincia boliviana de Antofagasta y las provincias peruanas de Tarapacá y Arica. También ocupó la ciudad de Lima por cuatro años y la provincia de Tacna por 50 años. Bolivia perdió su acceso al mar.
Entonces, Chile emprendió una política de "chilenización" de las provincias peruanas y bolivianas, expulsando a familias que habían habitado la zona por cientos de años y colocando en su lugar a colonos chilenos, en lo que se denominó "chilenización".
Sólo de la ciudad de Iquique fueron expulsados 40,000 peruanos y sus propiedades fueron confiscadas por el gobierno chileno. Los pobladores que se negaban a dejar su ciudad eran hostilizados y amenazados de muerte y sus nombres eran publicados en "actas de defunción" en los diarios.
De esta forma, Chile tomó posesión no sólo de una importante extensión territorial, sino también de enormes depósitos salitreros, guaneros y cupríferos, así como de extensos recursos marinos que contribuyeron decisivamente a su actual riqueza económica.
Ya que el Perú se negaba a rendirse, Chile apresó al presidente peruano y lo retuvo en territorio chileno hasta que se firmó el Tratado de Ancón, que puso fin a la guerra en 1883 y por el cual Chile incrementó su territorio, avanzando del paralelo 24 hasta el paralelo 18. En ese Tratado, así como en el complementario Tratado de Lima de 1929 se determinan las nuevas fronteras terrestres, pero no existen referencias sobre las fronteras marítimas entre Chile y Perú.
En 1947, tanto Chile como Perú proclaman unilateralmente, que sus respectivos Estados poseen sobería sobre los mares adyacentes a las costas de sus territorios.
PRINCIPALES ARGUMENTOS CHILENOS
Desde 1952, el Perú reconoce que la frontera marítima con Chile es la línea del paralelo, y lo ha hecho a través de diversos documentos. Además, desde la Guerra del Pacífico, en el siglo XIX, Chile ejerce soberanía y control en toda el área que el Perú está reclamando.
En 1952 Chile, Ecuador y Perú suscriben la "Declaración de Zona Marítima" en Santiago de Chile, por la que establecen el reconocimiento de las 200 millas náuticas de cada país, cuya definición corresponde a un minuto de arco sobre el paralelo de la línea del Ecuador.
En 1954, Chile, Ecuador y Perú deciden firmar un nuevo documento, llamado "Convenio sobre Zona Especial Marítima", debido a que "se producen con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos", situaciones que se intentan regular y para lo cual "establécese una zona especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países".
En 1955, el gobierno del Perú, en la resolución Nº 23, afirma que la zona marítima peruana está "limitada en el mar por una línea paralela a la costa peruana y a una distancia constante de ésta, de 200 millas náuticas" (punto 1) y que, de conformidad "con el inciso IV de la Declaración de Santiago, dicha línea no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú" (punto 2).
En 1955, el Congreso del Perú ratifica los acuerdos de 1952 y 1954 (y otros acuerdos y convenios relacionados).
Según la posición chilena, los acuerdos de 1952 y 1954 tienen la naturaleza de un Tratado Internacional, se basan para ello en la Convención de Viena de 1980, que si bien no tiene efectos retroactivos, están reconociendo un derecho internacional consuetudinario.
La Convención de Derecho del Mar indica que los acuerdos previos vigentes entre los Estados y, además, la existencia de derechos históricos, priman por sobre el establecimiento de la línea media contemplada por la misma convención y desde hace más de 50 años, en la práctica, Chile ha ejercido soberanía en el espacio marítimo reclamado por Perú, deteniendo a los buques pesqueros peruanos que han cruzado el paralelo.
PRINCIPALES ARGUMENTOS PERUANOS
El Perú no reconoce los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954 como tratados de límites marítimos.
En 1982, las Naciones Unidas aprueban la Convención sobre el Derecho del Mar (Convemar) llamada, la Constitución de los Océanos. La Convención del Mar establece que en ausencia de tratados formales, el método para establecer los límites marítimos es el trazo de una línea media y la aplicación del principio de la equidad. Según la posición peruana, Chile y Perú, nunca han firmado un Tratado específico de límites marítimos y Chile pretende imponer un límite marítimo tremendamente inequitativo.
La Declaración de Zona Marítima de 1952, firmada por delegados de Chile, Ecuador y Perú, define como zona marítima de cada uno de los países las 200 millas medidas desde la costa. Perú sostiene que debido a las características de la costa del Pacífico, las 200 millas de Chile se sobreponen a las 200 millas del Perú. Si como Chile exige, se considerara al paralelo como límite, la ciudad peruana de Camaná solo tendría 100 millas de mar territorial, Mollendo sólo tendría 80 millas, Ilo 40 millas, Sama 20 millas y Tacna no tendría mar, pues tendría 0 millas en el punto de la Concordia.
Para el Perú, el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Perú y Ecuador, denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima", sería sólo un convenio de pesca y no un tratado de limites. Sólo por error los negociadores habrían mencionado límites marítimos, que no se encontrarían definidos por tratado alguno.
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, señala que no puede tomarse un acuerdo internacional, usándolo en otro sentido: "Un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin".
martes, 17 de mayo de 2011
GUÍA CONTRATACIÓN INTERNACIONAL
GUÍA CONTRATACIÓN INTERNACIONAL: PRESENTACIÓN
Las Cámaras de Comercio hemos elaborado la Guía de Contratación Internacional, herramienta on line de apoyo y consulta para empresas, especialmente pymes, que le orientará, formará e informará sobre los contratos de carácter internacional de mayor utilización en las operaciones internacionales.
La Guía permite la consulta de más de 40 contratos internacionales desarrollados en una primera fase para completar hasta 80 en una fase posterior, clasificados por diferentes módulos temáticos.
Compraventa Internacional de Mercancías, Colaboración Mercantil Internacional, Unión Internacional de empresas, Transacciones Internacionales ó Financiación Internacional, son entre otros, algunos de los grandes apartados que podremos encontrar. En cada uno de ellos se desarrollan los contratos internacionales de mayor utilización en esa temática determinada.
Por cada uno de los módulos temáticos existentes, se ofrece una relación de contratos, de aplicación en el ámbito de las operaciones de carácter internacional en las que se pueden englobar.
La Guía se estructura de forma que por cada uno de los contratos presentados existen tres apartados diferentes:
Ir a la guia
Objetivos del contrato seleccionado: Conocer el por qué y cuándo se debe utilizar ese contrato determinado.
Características del contrato: Elementos fundamentales del contrato, obligaciones y derechos de las partes, legislación aplicable, etc.
Modelo del contrato: La empresa podrá visionar el propio modelo del contrato e incluso imprimirlo a través de su ordenador, para utilizarlo, a modo de documento base, sobre el cuál trabajar para elaborar el contrato final.
La Guía cuenta con un motor de búsqueda, que facilita la localización directa de un determinado contrato, un mapa web de la clasificación temática de los contratos , así como un índice alfabético de los contratos desarrollados. Mediante estos tres sistemas presentados, se trata de minimizar la búsqueda infructuosa de un contrato existente en la base.
Complementariamente, y aprovechando las ventajas que internet permite, se ofrece al usuario la posibilidad de ampliar la información presentada, ofreciendo links de interés sobre los contratos desarrollados.
Merece la pena citar, la posibilidad que tiene la Guía de permitir conocer al usuario, aquellos aspectos de especial importancia, concretos de cada uno de los contratos, a la hora de elaborar el documento final. Para ello, podrá existir un icono, a modo de libreta, que haciendo clic en él, permite la visualización de elementos concretos a tener en cuenta, dentro del clausulado de un contrato tipo.
Se debe tener en cuenta, que la Guía de Contratación Internacional, no determina de manera alguna la idoneidad en cuanto a la forma y/ó selección de un contrato determinado. Se debe utilizar, y es su filosofía de trabajo, como herramienta de apoyo y consulta, que orienta sobre la posible elección y desarrollado del mismo. La decisión final sobre el contrato y su formulación aplicable dependerá exclusivamente a la empresa; no obstante, conocer de antemano las características, sentido, finalidad y el modelo tipo de un contrato determinado, puede resultar una ventaja competitiva en todos los aspectos.
La elaboración de la Guía de Contratación Internacional es un tanto " complicada " y su objetivo es ser una herramienta precisa. No obstante, se ha de tener en cuenta que la Guía no es un dictamen ó una valoración jurídica, sino una posible herramienta informativa complementaria a estos.
La Guía de Contratación Internacional, ha sido elaborada mediante la metodología C@sce (Cámaras Asesoramiento en Comercio Exterior) y forma parte de las denominadas "Guías On Line de Apoyo a la Internacionalización", herramientas On Line de marcado carácter práctico que desarrollan apartados concretos en el campo del Comercio Exterior. Esta suponen, en su conjunto, un verdadero curso de internacionalización, con presencia en la red 24h. / 365 días al año al servicio de la internacionalización de la empresa española.
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